En los seguros que tengan que ver con personas, ya no habrá que comunicar los cambios que se produzcan en el estado de salud. Una enmienda modifica el artículo 11 de la Ley de Contrato de Seguro, por lo que el artículo queda redactado de la siguiente manera “En los seguros de personas el tomador o el asegurado no tienen obligación de comunicar la variación de las circunstancias relativas al estado de salud del asegurado, que en ningún caso se considerarán agravación del riesgo”. Esto indica que algún cambio en el estado de salud no podrá implicar un aumento de la prima y dicha agravación del riesgo deberá ser asumida por la aseguradora.