EL SEGURO QUE CUBRE LOS EVENTOS DE MUERTE E INVALIDEZ, POR CUALQUIER CIRCUNSTANCIA.

Seguro de Vida


¿Te ayudamos?

El seguro de vida tiene como función principal indemnizar a los beneficiarios del asegurado en caso de Fallecimiento de este, por cualquier circunstancia. También es importante la cobertura de Incapacidad, cuyo beneficiario sería el mismo asegurado. La inclusión de garantías adicionales en el Seguro de Vida tales como el diagnóstico de enfermedades graves, una segunda opinión médica, y otros, te pueden ayudar a paliar el problema en estos momentos trascendentales de tu vida y, llegado el caso, posibilitará que tu familia pueda hacer frente a una situación difícil como puede ser continuar con los estudios de los hijos, hacer frente a una hipoteca o la alimentación y el mantenimiento diario.

A quién nos dirigimos

A todas aquellas personas que tengan interés en su previsión personal y familiar, de entre 20 y 70 años.

*Precios orientativos

Para 100.000€ de capital con Muerte e Invalidez Permanente Absoluta.

EdadPrecio
Edad 30 años70,05€
Edad 35 años85,45€
Edad 40 años134,89€

*Precio anual

 Coberturas del Seguro de Vida

Básicas

Fallecimiento del Asegurado e Incapacidad permanente y absoluta.

Adicionales

Además de las coberturas básicas se pueden contratar otras complementarias que multiplican por dos o por tres el capital asegurado en caso de accidente o accidente de circulación respectivamente, además de otras coberturas tales como:

  • Incapacidad total permanente
  • Fallecimiento por accidente
  • Fallecimiento por accidente de circulación
  • Incapacidad por accidente
  • Incapacidad por accidente de circulación
  • Infarto de miocardio
  • Anticipos por enfermedades graves
  • Enfermedades terminales
  • Otras coberturas en función de los intereses del asegurado.

Otros servicios

  • 2ª opinión médica en caso de enfermedad grave
  • Línea de orientación médica 24 h
  • Consulta del registro de seguros de vida trámites de gestoría
  • Certificados de últimas voluntades

Exclusiones más habituales

  • El suicidio durante el primer año de vigencia de la póliza.
  • Para el caso de la garantía de incapacidad, lesiones causadas intencionadamente por el asegurado a sí mismo.
  • Reacción o radiación nuclear y/o contaminación radiactiva, causada directa o indirectamente. Navegación submarina o en viajes de exploración.
  • Los daños derivados de conflictos armados, catástrofes naturales y actos delictivos del asegurado.
  • Las consecuencias de accidentes o enfermedades originados con anterioridad a la entrada en vigor de este contrato.

¿Cómo te puedo ayudar?

Déjame tus datos y me pondré en contacto contigo con la mayor brevedad.

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CONTACTO

General Brito, 2 4a planta
25007 - Lleida
973 727 072
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