¿Pares o nones? Todas las claves de la nueva Ley de Paridad 2024
10/10/2024 | Categoria: General

Todas las claves de la nueva Ley de Paridad 2024

Por Natalia Mañas, Abogada responsable del Centro de Asistencia Jurídica de onLygal

La nueva Ley de Paridad ya ha entrado en vigor y con ella se le dará un vuelco a la composición de los consejos de administración de muchas instituciones. Y es que el nuevo reglamento tiene por objetivo que el 40% de los miembros de los consejos de administración pertenezcan al sexo menos representado, o sea, las mujeres. 

Como bien sabes, llevar un negocio no es nada fácil. No solo hay que luchar contra multitud de problemas económicos, también hay que lidiar con problemas administrativos. Por suerte, hay aseguradoras en el mercado, como onLygal, expertas en asesoramiento legal, que pueden ayudarnos. 

Si quieres saber todas las implicaciones que esta nueva Ley de Paridad puede tener para tu negocio, quédate con nosotros y te explicamos todas las claves de la nueva normativa.

¿Qué efectos tiene?

La nueva ley de Paridad impulsada por el gobierno tendrá un fuerte efecto en los consejos de administración de las empresas públicas y privadas. Ya que el objetivo último de la normativa es conseguir una mayor representación femenina en los órganos ejecutivos de empresas e instituciones.

Así, a partir de ahora, el 40% de los miembros del consejo de administración de las empresas deberán pertenecer al sexo menos representado. En la mayoría de los casos supone un aumento de la presencia femenina, ya que las mujeres suelen contar con menos presencia en los consejos de administración.

Solo se podrá obviar este objetivo en casos en que la empresa desee favorecer otros objetivos de diversidad e inclusión de otros colectivos vulnerables. Este supuesto deberá estar debidamente justificado. 

Como resultado, las empresas y administraciones públicas deberán modificar sus procesos de selección para asegurarse de que consiguen este objetivo. Si no lo consiguen, deberán elaborar un informe exponiendo los motivos por los que no se ha podido alcanzar la paridad. Así como las medidas que se han tomado para solucionar el problema.

En el caso de las sociedades anónimas, estarán obligadas a hacer pública la composición de sus consejos de administración y el porcentaje que supone el sexo menos representado.

¿A qué entidades afecta?

La ley afecta sobre todo a la administración pública a las compañías del IBEX 35, a otras sociedades anónimas cotizadas, Colegios Profesionales, entidades de interés público y sindicatos y ONGs. 

En el caso de las grandes empresas, solo se aplicará a aquellas que superen las 250 personas en plantilla y tengan un volumen anual de negocio de 50 millones. 

Plazos para su implementación

La implementación de la ley de paridad contempla diferentes plazos en función de la empresa u organización afectada:

Las compañías del Ibex 35 y entidades de interés público: Tienen de plazo hasta el 30 de junio de 2026 para lograr Consejos de Administración y Dirección paritarios. En el caso de las entidades de interés público deberán conseguir un porcentaje del 33% de mujeres representadas para el 30 de junio de 2026 y del 40% para el 30 de junio de 2029.

Sociedades cotizadas: Hasta el 30 de junio de 2027

Colegios profesionales: Hasta el 30 de junio de 2029

Sindicatos y asociaciones del Tercer Sector: Hasta el 30 de junio de 2028

Un error técnico que facilita el despido de trabajadores de premiso

Uno de los aspectos que ha suscitado controversia de la nueva Ley de Paridad es la desprotección que genera en determinados colectivos. Esto se debe a un error técnico en la redacción de la disposición final novena que modifica el Estatuto de los Trabajadores.

Y es que al incluir a las mujeres víctimas de violencia de género entre los supuestos de despido nulo olvidaron incluir a aquellas personas que habían disfrutado de un permiso de 5 días por enfermedad grave, accidente u hospitalización de familiares. 

Hasta ahora no se podían despedir a las personas acogidas a estas medidas de conciliación. Pero con la nueva redacción, su situación queda en un vacío legal y en caso de despido podrían alegar el despido improcedente pero no el despido nulo. Es decir, obtendrían la indemnización, pero la empresa no estaría obligada a readmitirlos.

Aunque el Ejecutivo ha dicho que subsanará el error lo antes posible, por ahora la nulidad de estos despidos no será automática como ocurría antes de la modificación. Tendrá que ser el trabajador quien demuestre que el despido se ha dado en relación con el disfrute del permiso. Una vez demostrado, el despido se declarará nulo y el trabajador deberá readmitirse.

En Resumen 

La Nueva Ley de Paridad va a suponer un cambio en las formas de gestión de las empresas.

La medida, por ahora, afecta a empresas de más de 250 empleados y con una facturación superior a los 50 millones de euros anuales; a las entidades de interés público, así como a los sindicatos que también deberán acogerse a esta norma. 

Por otro lado, las sociedades anónimas deberán hacer pública la composición de su consejo y especificar el porcentaje de mujeres con el que cuentan. 

Por último, destacar que la ley ha sido redactada con un error técnico que elimina la nulidad de los despidos de los trabajadores que se hayan beneficiado de permisos de cinco días por accidente grave u hospitalización. Con la antigua redacción la nulidad de estos despidos era automática pero ahora es el trabajador quien debe probar la vinculación del despido y el disfrute del permiso. 

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