Organizadores de conciertos. Recomendaciones para conciertos y festivales
24/07/2019 | Categoria: Consejos y recomendaciones

Recomendaciones y medidas básicas a atender para que la seguridad no se vea comprometida

Los organizadores de conciertos y festivales tienen que atender una serie de medidas básicas para garantizar la seguridad de personas y bienes y para cumplir con las normativas que regulan estos tipos de actividades. Ahora que estamos en época estival no está de más recordar las más básicas que, a título orientativo, podríamos resumir en:

  1. Tramitar las autorizaciones administrativas correspondientes, bien sea la genérica para la realización del acontecimiento (delegación territorial del Gobierno) o las particulares, en casos como la utilización de equipamientos municipales o para la ocupación de la vía pública (ayuntamiento). Hay que hacerlo con anticipación, con un margen mínimo de un mes antes de la actividad.
  2. Atender y garantizar el cumplimiento de las medidas establecidas en la legislación que regula los espectáculos y actividades recreativas (aforo, horarios, planes de contingencia y evacuación, señalización, servicios, controles de acceso, estructuras y gradas…), así como el cumplimiento de las normativas sobre derechos de la ciudadanía en temas como la Protección de Datos o Consumo.
  3. Disponer los recursos sanitarios (personal, ambulancias) adecuadas al volumen de público. Es aconsejable también tener dispositivos informativos específicos para prevención en consumo de alcohol y drogas, sexo seguro o violencia de género.
  4. Contar con los recursos de seguridad privada para establecer dispositivos de control a la entrada y en el interior del recinto. Instruir este personal sobre aspectos del plan de emergencia, localización de la enfermería… y porque insten aquellas personas con síntomas de encontrarse mal a ser atendidas por los recursos sanitarios del festival o concierto.
  5. Establecer colaboración con la administración correspondiente para disponer de dispositivos de orden público al exterior del recinto o bomberos en el caso de actos con pirotecnia.
  6. Contratar el seguro de responsabilidad civil adecuado a la tipología del acontecimiento y a la previsión de público asistente. De forma complementaria, es conveniente también contratar un seguro de suspensión por causas meteorológicas u otras contingencias, con objeto de minimizar las eventualidades contractuales y económicas que se podrían derivar. En Urquía&Bas somos especialistas en seguros para espectáculos. Consultadnos sin compromiso.

En conclusión, esperamos te sea de ayuda esta pequeña aportación a la hora de que como organizadores de conciertos os sintáis amparados y protegidos por un buen seguro con gente capacitada detrás del mismo.

Normativa (Cataluña)
Normativa de espectáculos, actividades recreativas y establecimientos públicos

Referencias
Recomendaciones para la promoción de la salud y la seguridad en festivales y grandes acontecimientos musicales. Barcelona: Departamento de Salud; 2005

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