Los seguros colectivos de accidentes cubren un capital para el caso de fallecimiento o invalidez de los asegurados a consecuencia de un hecho accidental, fortuito e involuntario.
Todos estamos expuestos en nuestro trabajo, en nuestras aficiones o en nuestra vida particular a sufrir algún accidente. Tener contratado el seguro de accidentes le permitirá al asegurado percibir un capital que aminore las consecuencias económicas del mismo en caso de invalidez; o que lo perciba su familia, en caso de fallecimiento. Además, estos seguros ofrecen otras coberturas opcionales y servicios adicionales.
En los seguros colectivos las condiciones de contratación acostumbran a ser más ventajosas que de modo individual, económicamente hablando; si bien las coberturas las decide el contratante, por lo que el asegurado no puede modificarlas en función de sus intereses o situación personal.
Por lo general, las coberturas amparan durante las 24 horas del día, es decir, tanto laboral como no laboral, aunque puede establecerse que sea sólo cobertura laboral y desplazamientos al y desde el trabajo o, por el contrario, sólo durante las actividades de ocio o tiempo libre.
El precio de estos seguros viene supeditado a las coberturas que se establezcan, los capitales asegurados, la actividad u ocupación de las personas que integran el colectivo y el número de personas que forman parte de éste. No tiene influencia, en cambio, la edad de los asegurados.
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Los seguros de accidentes no son todos iguales. Mi trabajo es conseguir para nuestros clientes un seguro en las mejores condiciones de cobertura y precio, además de tener muy en cuenta los riesgos específicos que tienen en función de su actividad, deportes y aficiones, para que, en caso de accidente, obtengan la máxima indemnización establecida para cada caso.