Derecho de desistimiento en la contratación de una póliza.

¿Conoces los derechos que te asisten como usuario?

La mayoría de los usuarios que tienen un seguro, desconocen por completo de los derechos que los amparan.

 

Quizá poca gente sea consciente de que goza de este derecho, del de poder resolver el contrato de seguro sin justificar el motivo y sin recibir penalización alguna en determinados plazos. En la Guía para la contratación de seguros elaborada por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones indican que el tomador de un seguro tiene derecho a desistir del contrato de seguro en un plazo de 14 días para los seguros de No Vida, y en un plazo de 30 días para los seguros del ramo Vida desde que se celebra el contrato o desde que se recibe la información contractual.

 

En estos plazos y según el tipo de seguro que sea, no habrá que explicar los motivos por los que queremos cancelar el seguro y la aseguradora no podrá negarse y tampoco imponer una penalización de ningún tipo –eso sí, habrá que pagar la parte de la prima correspondiente a los días que el seguro haya estado en vigor-. La voluntad de ejercer este derecho deberá comunicarse al asegurador a través del papel u otro soporte duradero.

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