Urquía & Bas Correduría de Seguros

¿Qué seguro necesito?


¿Te ayudamos?

Aquí encontraras la solución aseguradora para tus necesidades.

Necesidades por adquisición

He comprado un coche

Si has adquirido un coche y éste tiene menos de 5 años y especialmente si lo has financiado, te interesa asegurar el vehículo a todo riesgo. En este caso, es preciso que declares los accesorios que no sean de serie, para que estén también, cubiertos.
Si ya tiene más de 5 años o si no deseas asegurarlo a todo riesgo, tienes otras opciones intermedias, como asegurar el incendio y el robo o el siniestro total (cuando el siniestro supera el valor del vehículo al precio del usado) o sencillamente, asegurarlo a terceros.

Me he comprado o dejado un coche a mi hijo/hija

Si el conductor tiene menos de 25 años o menos de dos años de carné, se deberá declarar en la póliza, ya sea como conductor habitual o como conductor ocasional y pagar el recargo que la compañía establece. Según la compañía este recargo puede ser mayor o menor, pero ocultar esa circunstancia puede afectarte en caso de siniestros.

Me he comprado una caravana o remolque.

En el seguro de circulación, si la caravana/remolque tienen un peso superior a 750 kilos no se incluyen los daños ocasionados a terceros ni los daños ocasionados por los objetos en ella transportados. Deberá hacerse un seguro específico para la caravana que, al igual que en los automóviles, puede ser sólo a terceros o también a todo riesgo. Tienes que tener en cuenta que cuando la caravana está en reposo, también puede sufrir y ocasionar daños, por lo que tendrás que preverlo a la hora de asegurarla y declarar el contenido de la misma.

Me he comprado un móvil home

Además de los daños que pueden ocasionarse durante su transporte, asegurables por póliza de transporte específica, es necesario asegurarla durante su estancia en el terreno o camping donde se ubique, ya sea de los propios daños que pueda sufrir: incendio, explosión, caída de rayo, robo, viento y otros fenómenos de la naturaleza, o de la responsabilidad civil que pudiera sobrevenirnos por daños ocasionados a terceros, derivados de la propiedad o uso de la misma. Algunas compañías aseguradoras aceptan asegurar las casas rodantes a través de un seguro multirriesgo de hogar.

Me voy a hacer una casa

Cuando te haces una casa te conviertes en promotor de viviendas, por lo que precisarás dos cosas. Una, asegurar tu responsabilidad civil como promotor, por los daños que se ocasionen a terceros y de los que puedas ser civilmente responsable individualmente, subsidiaria o solidariamente con el constructor y otros intervinientes en la obra. Además deberás asegurar los daños a la propia obra durante el periodo de construcción, pues ésta se puede quemar, hundir, o sustraer los materiales, mediante el seguro de todo riesgo a la construcción. Una vez acabada la casa deberás asegurar el edificio, el mobiliario y el ajuar de los diversos riesgos a la que está expuesta, contratando un multirriesgo de hogar. Muy Importante: tienes que tener en cuenta que en el caso que si durante el transcurso de 10 años decidieras vender la casa, no podrás hacerlo si no estaba previsto y no contrataste el seguro decenal, que garantiza los daños que afectan a la estabilidad del edificio. Si no se contrató desde el principio de la obra más adelante no podrás hacerlo, con el perjuicio que eso puede ocasionarte.

Me he comprado una casa/piso

Desde el mismo momento que recibes las llaves de tu nueva casa/piso, eres responsable de los daños que puedas ocasionar a terceros durante las obras de acondicionamiento, traslado, etc., por lo que deberás asegurar como mínimo su responsabilidad civil. En el caso de que la vivienda se encuentre dentro de una comunidad de propietarios, es posible que ya esté asegurada de daños materiales y de responsabilidad civil de los vecinos entre si, pero es mejor verificarlo con el presidente, sin conformarse con expresiones de: “ya está todo asegurado” Puede ser que el capital sea insuficiente para reconstruirla en caso de siniestro total o que tengas demasiadas limitaciones en las coberturas. Si las coberturas son correctas, no necesitarás ningún otro seguro del edificio.
En el momento que empieces a vivir en ella o la vayas a alquilar, será necesario un seguro sobre el contenido de la vivienda o las mejoras que realices,. Se trata del multirriesgo de hogar.

He firmado un crédito importante o hipoteca

Además de asegurar el propio bien adquirido que grava la hipoteca y que, por lo general, exigen las entidades bancarias, interesa garantizar el pago de las sucesivas cuotas de amortización por lo que sería necesario que hicieras un seguro de vida, con un importe igual al capital que se adeuda y que se vaya reduciendo paralelamente a la propia amortización del préstamo. Esto evitaría que en caso de fallecimiento, tu familia tuviera que hacerse cargo de  la amortización del mismo, para mantener el bien en el patrimonio familiar.

Me he comprado un perro/mascota

En este caso, debes conocer dos cosas. Primera: La responsabilidad civil derivada de los daños que ocasione a terceros tu perro/mascota se garantizan dentro del seguro multirriesgo de hogar, pero siempre que se trate de un animal domésticos: tigres, pantera, iguanas, boas y otros animales no domésticos no están cubiertos. Del mismo modo, salvo declaración expresa y pagando la sobreprima que corresponda, no estarán cubiertos los daños ocasionados por perros declarados como raza peligrosa. Segunda: Algunos de estos animales pueden asegurase de accidentes o enfermedad mediante un seguro para animales: fallecimiento, sacrificio necesario, intervención quirúrgica y asistencia veterinaria, en especial perros y caballos.

Me he comprado un barco

Si has adquirido un barco, necesitas asegurar la Responsabilidad Civil por los daños que pueda ocasionar este a terceros. También puedes asegurar los daños a las personas que lo ocupen y al propio barco (el llamado seguro de cascos). Igual que en el seguro de automóviles, deberás declarar los accesorios incorporados en la embarcación. En el caso de que participes en regatas, no debes olvidar declararlo a la aseguradora para tener cobertura durante la realización de las mismas.

Adquiero obras de arte

Si eres coleccionista o has adquirido ocasionalmente obras de arte, puede que rebasen en conjunto o individualmente la cantidad que las compañías establecen como automáticamente aseguradas en los seguros multirriesgo de hogar, por lo que deberás consultar si en su caso rebasa esa cantidad. El exceso deberás declararlo a la aseguradora que, en ocasiones, les solicitará una lista detallada por objetos y valores asegurados. Las obras de arte, tendrán las mismas coberturas que el resto del mobiliario asegurado. Es importante que conozcas que se excluyen habitualmente los daños por rozaduras, raspaduras, etc. Tampoco se cubren el descabalamiento de colecciones. Si alguna de esas obras o la colección a asegurar son de cierta importancia, existen en el mercado pólizas de arte específicas, que dan una cobertura más amplia de la que ofrecen los multirriesgos de hogar tradicionales.

Adquiero joyas/ monedas /sellos

Si eres coleccionista o has adquirido ocasionalmente joyas/monedas/sellos puede que rebasen en conjunto o individualmente la cantidad que las compañías establecen como automáticamente asegurada en los seguros de hogar. Por lo que deberás consultar si en tu caso rebasa esa cantidad. El exceso deberás declararlo a la aseguradora que, en ocasiones, solicitará una lista detallada de las mismas. Las piezas tendrán las mismas coberturas que el resto del mobiliario asegurado. Hay que tener en cuenta que si se daña una pieza de un conjunto, la aseguradora no cubre el valor del conjunto por la pérdida de una parte. Es muy importante que sepas que las compañías hacen importantes descuentos si estos objetos se guardan en caja fuerte, por lo que sería conveniente declarar una parte de las joyas fuera de la caja y otras dentro de ella. También es importante que sepas que la cobertura de estos objetos se acaba en el interior de la vivienda asegurada, es decir, no se cubren los daños ocasionados fuera, como por ejemplo el robo o el hurto, aunque en ocasiones se cubre el atraco con algunas limitaciones.

Necesidades por donación

He recibido una herencia

Lo primero es conocer en qué situación de aseguramiento se encuentra el conjunto de la herencia mobiliaria o inmobiliaria. En ambos casos, es necesario recabar información de qué pólizas se mantenían en vigor y revisarlas: multirriesgos de hogar, responsabilidad civil, automóviles, etc. Puede que sea necesario solicitar al banco un extracto para ver qué pagos se realizan a entidades aseguradoras, para poder solicitar a éstas las copias de las pólizas en vigor y la emisión de los correspondientes suplementos: el primero, el de cambio de tomador y asegurado; posteriormente, los capitales asegurados adecuados al valor real de los bienes que se aseguran para así, evitar posibles infraseguros. En el caso de los inmuebles en régimen de propiedad horizontal, hay que requerir al presidente de la comunidad copia de la póliza multirriesgo de comunidades para comprobar su correcto aseguramiento. En el caso de los bienes mobiliarios, en especial muebles, objetos de valor, joyas y colecciones, convendrá también conocer si existía o no un seguro y si éste se adecua a la descripción y al valor de los mismos.

Quiero conocer si soy beneficiario de un seguro de vida

Para conocer si eres beneficiario de un seguro de vida, lo primero es conocer si existe o no ese seguro. Para ello, se creó el Registro de Personas Aseguradas, registro público en el que puede consultar si el fallecido constaba como asegurado. Este registro sólo incluye asegurados nominados, esto significa que si el fallecido pertenecía a un grupo asegurado innominado, no figurará en ese registro.

Soy beneficiario de un seguro de vida

Si eres el beneficiario de un seguro de vida debes saber que no lo eres en firme hasta que se conozca el testamento del fallecido, pues la voluntad que se exprese allí prevalece sobre cualquiera otra. En el caso que, efectivamente, seas beneficiario, te pedirán que aportes la siguiente documentación:

  • Certificado literal de defunción
  • Certificado de últimas voluntades
  • Liquidación a hacienda de la transmisión
  • Cuenta bancaria donde realizar el abono

Necesidades de protección para la familia

He firmado un crédito importante o una hipoteca

Además de asegurar el propio bien adquirido que grava la hipoteca y que, por lo general, exigen las entidades bancarias, interesa garantizar el pago de las sucesivas cuotas de amortización para lo que sería necesario la contratación de un seguro de vida, por un importe igual al capital que se adeuda y que se vaya reduciendo paralelamente a la propia amortización del préstamo. Esto evitará que en caso de fallecimiento, tu familia tenga que hacerse cargo de la amortización del mismo para mantener el bien en el patrimonio familiar.

Me preocupa la continuidad de estudios de mis hijos si a mí me ocurriera algo

El seguro de vida garantiza un capital previamente fijado para el caso de fallecimiento (cualquiera que sea la causa) o para el caso de invalidez. Ese capital puede ser creciente, incrementándose cada año según el I.P.C. u otro índice similar o, por el contrario, puede ser decreciente. Este sistema es particularmente interesante en el caso de las amortizaciones de crédito, es decir, a medida que el crédito decrece lo hace el seguro de vida. Esto mismo es aplicable al seguro de vida que garantiza los estudios de los hijos, que a medida que transcurren los daños, disminuye el capital necesario para completar la educación del/los hijo/s.

Soy mayor y el seguro de vida me resulta muy caro

Efectivamente, a medida que pasan los años los seguros de vida se encarecen en función de la edad alcanzada por el asegurado, de modo que asegurar un capital importante puede suponer un fuerte quebranto en la economía familiar. Podría interesarte reducir el capital del seguro de vida (muerte e invalidez por cualquier causa) y complementarlo con un seguro de accidentes, doblando o incluso triplicando el capital del seguro de vida. Los seguros de accidente tienen un coste en función de la actividad profesional y particular y no dependen de la edad. Si bien es cierto que, al igual que los seguros de vida, la cobertura termina como máximo a los 70 años.

¿Qué pasa si tengo una enfermedad o accidente que me impida trabajar?

En el caso de baja laboral, las prestaciones que recibirás de la Seguridad Social se verán mermadas, especialmente si eres un trabajador autónomo. El seguro de subsidio garantiza al asegurado el cobro de una renta durante el periodo de baja, de modo que reduzca los prejuicios que ello representa para el asegurado.

No me gusta el sistema de salud de la Seguridad Social

Existen múltiples alternativas al sistema público de salud. Se trata de los seguros de Asistencia Sanitaria. Estos seguros pueden cubrir todas tus necesidades, desde la medicina general y especialistas hasta las intervenciones quirúrgicas, pasando por las pruebas y medios de diagnóstico.

Me preocupa si hago daño a alguien

Los seguros de Responsabilidad Civil, ya sea por póliza separada o dentro del multirriesgo del hogar, cubren los daños a terceros que podemos ocasionar nosotros y los que conviven con nosotros, no sólo dentro de casa, sino también fuera de ella, en cualquier actividad particular.

Necesidades por afición

Viajo mucho

Si se realizan viajes con frecuencia se precisaaccordeon-content

  1. Tener una cobertura de asistencia para el vehículo y otra para tí y tus acompañantes. Ambas acostumbran a incluirse en los seguros de automóviles y, aunque no te desplaces por ese medio, también incluye la asistencia fuera del domicilio habitual.
  2. En el caso que la cobertura de asistencia en viaje te parezca insuficiente, puedes contratar una póliza específica de asistencia en viaje, con capitales y coberturas más amplias de las que se incluyen en los seguros de automóviles. Estas pólizas se contratan por un periodo determinado: 15 días, un mes, tres meses, etc.
  3. Estos seguros de asistencia en viaje cubren los gastos sanitarios fuera del país de origen, no obstante, si ya dispones de un seguro de Asistencia Sanitaria, también puedes hacer uso del mismo fuera del país. Bastará con llamar al teléfono de asistencia internacional que figura en la tarjeta de asegurado. No obstante, si el desplazamiento es por varios meses (estudios, trabajo,…) debes comunicarlo a la aseguradora para que tenga conocimiento del mismo.

Soy cazador / pescador

Existe la obligación de estar asegurado de daños ocasionados a terceros por responsabilidad civil. A esos seguros obligatorios pueden añadirse otras coberturas complementarias tales como la ampliación de la responsabilidad civil y, en el caso del seguro obligatorio de caza, un seguro de accidentes para el asegurado en el que se cubre un pequeño capital en caso de fallecimiento o de invalidez.

Me gusta ir en bicicleta

En la actualidad, la ley no establece la obligatoriedad de asegurar la responsabilidad civil por los daños ocasionados a terceros. No obstante, en la mayoría de los seguros de hogar se da cobertura para esta eventualidad, pues se incluye la responsabilidad civil por daños a terceros, como aficionado en la práctica de algún deporte. Si estás federado, seguramente ya dispones a través de la propia federación a la que perteneces algún tipo de seguro de responsabilidad civil. Por el contrario, no existe ningún tipo de seguro que cubra a la bicicleta a consecuencia de una colisión, una caída o un robo, salvo que esta sea transportada dentro de una caravana y haya sido declarada en el seguro de la misma, o los daños que se le causen dentro de la vivienda o trastero declarado que están cubiertos por la póliza de hogar: incendio, explosión, daños por agua, robo, etc.

Practico deportes de aventura

En toda práctica deportiva conviene tener en cuenta dos cosas: los daños que podemos ocasionar a los demás y los daños que podemos ocasionarnos a nosotros mismos. En la mayoría de los seguros de hogar se da cobertura para aquella eventualidad, pues se incluye la responsabilidad civil por daños a terceros, como aficionado por la práctica de algún deporte. Si estás federado, seguramente ya dispones a través de la propia federación a la que perteneces algún tipo de seguro de responsabilidad civil. Los daños personales que puedas sufrir puedes cubrirlos a través de un seguro de vida, un seguro de accidentes que cubra un capital para caso de muerte, uno para caso de invalidez y otro para atención médica, quirúrgica o farmacéutica. También puede interesarte garantizar una baja o subsidio diario. Estas coberturas no sólo incluyen la práctica como aficionado a algún deporte sino que cubren los daños durante la vida laboral y extra-laboral.

Me he comprado/ tengo un barco

Si tengo en propiedad un barco, necesito asegurar la Responsabilidad Civil por los daños que pueda ocasionar este a terceros. También puedo asegurar los daños a las personas que lo ocupen y al propio barco a través del llamado seguro de cascos. Igual que en el seguro de automóviles, deberás declarar los accesorios incorporados a la embarcación. En el caso de que participes en regatas, no debes olvidar declararlo a la aseguradora para tener cobertura durante la realización de las mismas.

Me he comprado un perro/mascota

En este caso, has de conocer dos cosas:

  1. Que la responsabilidad civil derivada de los daños que ocasione a terceros su perro/mascota se garantizan dentro del seguro multirriesgo de hogar, pero siempre que se trate de un animal doméstico.Tigres, pantera, iguanas, boas y otros animales no domésticos no están cubiertos. Del mismo modo, salvo declaración expresa y pagando la sobreprima que corresponda, no estarán cubiertos los daños ocasionados por perros declarados como raza peligrosa.
  2. Algunos de estos animales pueden asegurase de accidentes o enfermedad mediante un seguro para animales: fallecimiento, sacrificio necesario, intervención quirúrgica y asistencia veterinaria, en especial perros y caballos.

Me gusta el bricolage

En ese caso debes saber tres cosas.

  1. Puedo ocasionar daños a los demás.
  2. Puedo dañarme a mí mismo.
  3. Puedo dañar las máquinas o equipos con los que trabajo. En el primer caso, bastará con verificar que tu póliza de multirriesgo de hogar cubre esta contingencia. Ten en cuenta que no son terceros los que conviven contigo y/o tu familia. En el segundo caso, puede ser interesante contratar un seguro de accidentes, que, además de cubrirte en caso de fallecimiento o invalidez total o parcial mientras practicas el bricolaje, también te da cobertura durante el resto del día en tus otras actividades laborales y extra-laborales. Por último, en el tercer caso, puede ser necesario declarar a la compañía aseguradora el valor de la maquinaria para que tenga las mismas coberturas que en el resto de la vivienda y que se aseguran en el multirriesgo de hogar.

Tengo un vehículo de época

Todos aquellos vehículos considerados clásicos precisan igual que cualquier otro vehículo de un seguro de circulación que, en el caso de los vehículos clásicos, tienen una tarifa especial debido al menor uso que se hace de ellos.

Adquiero obras de arte

Si eres coleccionista o has adquirido ocasionalmente obras de arte, puede que rebases en conjunto o individualmente la cantidad que las compañías establecen como automáticamente aseguradas en los seguros multirriesgo de hogar. Deberás cerciorarte si en tu caso rebasas esa cantidad. El exceso deberás declararlo a la aseguradora que, en ocasiones, te solicitará una lista detallada por objetos y valores asegurados. Las obras de arte, tendrán las mismas coberturas que el resto del mobiliario asegurado. Es importante que sepas que habitualmente se excluye los daños por rozaduras, raspaduras, etc. Tampoco se cubren el descabalamiento de colecciones. Si alguna de esas obras o la colección a asegurar son de cierta importancia, existen en el mercado pólizas de arte específicas, que dan más amplias coberturas que las que ofrecen los multirriesgos de hogar tradicionales.

Adquiero Joyas / Monedas / Sellos

En ese caso debes saber tres cosas. Si eres coleccionista o has adquirido ocasionalmente joyas/monedas/sellos, puede que rebasen en conjunto o individualmente la cantidad que las compañías establecen como automáticamente aseguradas. Por lo que deberás consultar si en tu caso rebasas esa cantidad. El exceso deberás declararlo a la aseguradora que, en ocasiones, te solicitará una lista detallada de las mismas. Las piezas tendrán las mismas coberturas que el resto del mobiliario asegurado. Hay que tener en cuenta que si se daña una pieza de un conjunto, la aseguradora no cubre el valor del conjunto por la pérdida de una parte. Es muy importante que sepas que las compañías hacen importantes descuentos si estos objetos se guardan en caja fuerte, por lo que sería conveniente que declares una parte de las joyas fuera de la caja y otras dentro de ella. También es importante que sepas que la cobertura de estos objetos se acaba en el interior de la vivienda asegurada, es decir, no se cubren los daños ocasionados fuera, como por ejemplo el robo o el hurto, aunque en ocasiones se cubre el atraco con algunas limitaciones.

Soy aficionado a la fotografía

Si dispongo de un equipo fotográfico de cierto valor puede que sea necesario declararlo en el seguro del hogar, para que tenga las mismas coberturas que el resto del mobiliario: incendio, explosión, daños por agua, robo, etc. No se cubren los daños que puedan sufrir fuera del domicilio y si hubiera alguna cobertura, en especial en el caso de expoliación, la indemnización estará muy limitada.

Soy aficionado a la música y tengo una gran colección de discos

Si tienes una colección de discos, deberás declarar a la compañía el valor de la misma, para que esté plenamente cubierta en su seguro multirriesgo de hogar.

 

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