Garantía obligatoria por Ley para agencias que organicen viajes combinados y/o viajes vinculados, para responder del cumplimiento de las obligaciones derivadas de la prestación de sus servicios, asegurando el reembolso de los pagos efectuados por los viajeros en caso de insolvencia.
Cubre a los Viajeros que contraten viajes combinados y/o vinculados. Los Capitales Asegurados se adaptan a lo exigido por las diferentes legislaciones autonómicas, siendo lo más habitual el 5% del volumen de facturación de la agencia de viajes con un importe mínimo de 100.000€ por garantía y sin límite máximo.
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