Los seguros colectivos de accidentes cubren un capital para el caso de fallecimiento o invalidez de los asegurados a consecuencia de un hecho accidental, fortuito e involuntario.
Todos estamos expuestos en nuestro trabajo, en nuestras aficiones o en nuestra vida particular a sufrir algún accidente. Tener contratado el seguro de accidentes le permitirá al asegurado percibir un capital que aminore las consecuencias económicas del mismo en caso de invalidez; o que lo perciba su familia, en caso de fallecimiento. Además, estos seguros ofrecen otras coberturas opcionales y servicios adicionales.
En los seguros colectivos las condiciones de contratación acostumbran a ser más ventajosas que de modo individual, económicamente hablando; si bien las coberturas las decide el contratante, por lo que el asegurado no puede modificarlas en función de sus intereses o situación personal.
Por lo general, las coberturas amparan durante las 24 horas del día, es decir, tanto laboral como no laboral, aunque puede establecerse que sea sólo cobertura laboral y desplazamientos al y desde el trabajo o, por el contrario, sólo durante las actividades de ocio o tiempo libre.
El precio de estos seguros viene supeditado a las coberturas que se establezcan, los capitales asegurados, la actividad u ocupación de las personas que integran el colectivo y el número de personas que forman parte de éste. No tiene influencia, en cambio, la edad de los asegurados.
Ventajas
Para el asegurado
- Complementa la prestación por invalidez otorgada por la Seguridad Social, siempre que la cobertura coincida con la clasificación de este organismo, a saber: Invalidez Absoluta y Permanente, Invalidez Total para la profesión habitual, Gran Invalidez, etc. (ver definiciones) En el caso de fallecimiento complementará la pensión de viudedad y/u orfandad, según fuera el caso.
- Incrementa su cobertura personal, acumulable con otros seguros de vida o accidentes.
Para la empresa o entidad que suscribe el seguro
- Mejora las relaciones entre ella y los asegurados, al poner de manifiesto la preocupación de la primera por la situación de estos.
- Fideliza y motiva al asegurado, al constituirse el seguro como un vínculo más con la empresa o entidad.
- Para las empresas es un gasto deducible.
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