Los seguros colectivos de accidentes cubren un capital para el caso de fallecimiento o invalidez de los asegurados a consecuencia de un hecho accidental, fortuito e involuntario.
Todos estamos expuestos en nuestro trabajo, en nuestras aficiones o en nuestra vida particular a sufrir algún accidente. Tener contratado el seguro de accidentes le permitirá al asegurado percibir un capital que aminore las consecuencias económicas del mismo en caso de invalidez, o que lo perciba su familia en caso de fallecimiento. Además, estos seguros ofrecen otras coberturas opcionales y servicios adicionales.
En los seguros colectivos las condiciones de contratación acostumbran a ser más ventajosas que de modo individual, económicamente hablando, si bien las coberturas las decide el contratante, por lo que el asegurado no puede modificarlas en función de sus intereses o situación personal.
Por lo general, las coberturas amparan durante las 24 horas del día, es decir, tanto en el ámbito laboral como no laboral, aunque puede establecerse que sea sólo cobertura laboral y desplazamientos al y desde el trabajo o, por el contrario, sólo durante las actividades de ocio o tiempo libre.
El precio de estos seguros viene supeditado a las coberturas que se establezcan, los capitales asegurados, la actividad u ocupación de las personas que integran el colectivo y el número de personas que forman parte de este. No tiene influencia, en cambio, la edad de los asegurados.
Ventajas
Para el asegurado
- Complementa la prestación por invalidez otorgada por la Seguridad Social, siempre que la cobertura coincida con la clasificación de este organismo, a saber: Invalidez absoluta y permanente, invalidez total para la profesión habitual, gran invalidez, etc. (ver definiciones) En el caso de fallecimiento complementará la pensión de viudedad y/u orfandad, según fuera el caso.
- Incrementa su cobertura personal, acumulable con otros seguros de vida o accidentes.
Para la empresa o entidad que suscribe el seguro
- Mejora las relaciones entre ella y los asegurados, al poner de manifiesto la preocupación de la primera por la situación de estos.
- Fideliza y motiva al asegurado, al constituirse el seguro como un vínculo más con la empresa o entidad.
- Para las empresas es un gasto deducible.
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