Omitir exonera a la aseguradora.
22/02/2016 | Categoria: General

Omitir una enfermedad degenerativa en el cuestionario de salud exonera a la aseguradora

La Audiencia Provincial de Pontevedra ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por una paciente ante la decisión de su aseguradora de no hacer frente al pago de los gastos sanitarios (tratamientos médico, farmacológico y rehabilitador). El fallo, dado a conocer por Redacción Médica, estima que la tomadora tenía el deber de declarar con la máxima buena fe todas las circunstancias que delimitan el riesgo.

La recurrente sufría desde años antes una enfermedad degenerativa en el hombro derecho que no había sido reflejada en el cuestionario previo a la contratación del seguro. Algo que, según la sentencia, es contrario a la lealtad y la buena fe contractual.

A juicio de la Audiencia, la asegurada estaba ocultando circunstancias  “trascendentales e influyentes a la hora de concertar un contrato y de obligación fundamental que comporta su colaboración leal”. De lo contrario, se incurre en el concepto de dolo, que no solo comprende la insidia directa e inductora, aun sin voluntad de dañar a la otra parte, sino también la reticencia del que calla o no advierte debidamente, por  falta de diligencia a la hora de contestar el cuestionario.

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